Diputación Provincial de Córdoba

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La Diputación de Córdoba es el órgano de gobierno de la provincia de Córdoba y tiene su sede en el Palacio de la Merced.

Historia

Sede de la Diputación - Convento de la Merced

Hasta la creación de las Diputaciones Provinciales, la administración provincial básicamente era un instrumento fiscalizador, pero mediante el artículo 335 de la Constitución de Cádiz (1812) se dotó a las Diputaciones Provinciales de una serie de prebendas como el reparto de las contribuciones, la vigilancia de las infracciones a la Constitución, el censo y estadística provinciales, el establecimiento de los Ayuntamientos constitucionales, etc. Al frente de ella quedaba un Jefe Superior, designado por el Rey. Este nuevo cargo, que ejercía además como Delegado del Gobierno, asumió las competencias de orden público y el poder ejecutivo y servía de enlace entre los Ayuntamientos y la Diputación. Sin embargo, a los catorce meses de existencia, Fernando VII acabó con la obra de Las Cortes declarando nula y sin efecto la Constitución.

Durante el sexenio absolutista de Fernando VII (1814-1820), la corriente reformista liberal se paralizó, volviéndose al conservadurismo del antiguo régimen. Tras este período, durante el Trienio Liberal (1820-1823), la cuestión provincialista vuelve a surgir. La Ley para el Gobierno económico-político de las Provincias considera a las Diputaciones como el Ayuntamiento General de la Provincia.

Una de las Diputaciones Provinciales es la de Córdoba, en funcionamiento desde el 7 de julio de 1822. Su vida fue corta, pues la caída del Régimen Liberal hizo que no hubiera apenas aplicación práctica y que sus actas capitulares fueran destruidas por la reacción.

La muerte de Fernando VII en 1830, supuso el impulso definitivo a la cuestión provincialista. En 1833 el ministro Javier de Burgos, mediante el Real Decreto de 30 de noviembre de 1833, culminó definitivamente el proceso de división provincial, convirtiéndose Córdoba en una de ellas, compuesta por 75 municipios y con capitalidad en la ciudad homónima de Córdoba.

Finalmente, las Diputaciones Provinciales van a ser reorganizadas por un Real Decreto de 25 de diciembre de 1835. La Diputación Provincial de Córdoba será instaurada el 16 de noviembre de 1835. En ella estarán representados los 12 partidos judiciales que la componen.

Estructura y Organización

La Diputación de Córdoba se estructura, conforme a la Legislación vigente, a partir del pleno, integrado por el presidente y los Diputados Provinciales.

En todas las Diputaciones existen:

  • Presidente.
  • Vicepresidentes
  • Junta de Gobierno
  • Pleno.

El resto de órganos los establece y regula la propia Diputación (Comisiones; Áreas; Organismos autónomos; etc.). El Presidente puede atribuir alguna de sus competencias a los Diputados Delegados, constituyendo las distintas Delegaciones (Recursos Humanos, Hacienda y Desarrollo Nuevas Tecnologías, Cultura; Desarrollo Económico; Desarrollo Social, etc...).

El Pleno de la Diputación Provincial de Córdoba está compuesto por 27 Diputados, que han sido elegidos previamente como concejales en ayuntamientos de la Provincia. La elección de los diputados se hace por los propios concejales de los ayuntamientos, agrupados a estos efectos en diez partidos judiciales

Los resultados de las elecciones locales del 27 de mayo de 2007 configuraron la composición del Pleno de la Corporación que se señala en Pleno de la Diputación.

Áreas de la Diputación

Para la consecución de sus fines, la Diputación distribuye sus servicios en cuatro grandes áreas que cubren la totalidad de sus competencias:

  • Área de Hacienda y Desarrollo Tecnológico.
  • Área de Infraestructuras y Desarrollo Sostenible.
  • Área de Igualdad y Desarrollo Social.
  • Área de Desarrollo Económico y Planificación Estratégica.

Órganos de gobierno

Pleno de la Diputación (2007 - 2011)

Diputados del Partido Socialista

Diputados de Izquierda Unida

Diputados del Partido Popular

Partidos Judiciales

Partidos judiciales

En la provincia existen 12 partidos judiciales:

Partido judicial[1] Municipios que comprende
Partido Judicial de Aguilar Aguilar de la Frontera, Monturque y Moriles.
Partido Judicial de Baena Baena, Luque y Valenzuela.
Partido Judicial de Cabra Cabra, Doña Mencía, Nueva Carteya y Zuheros.
Partido Judicial de Córdoba Castro del Río, Córdoba, Espejo, Obejo, Villaharta y Villaviciosa de Córdoba.
Partido Judicial de Lucena Benamejí, Encinas Reales, Iznájar, Lucena, Palenciana y Rute.
Partido Judicial de Montilla Fernán-Núñez, Montalbán de Córdoba, Montemayor, Montilla, La Rambla, San Sebastián de los Ballesteros, Santaella y La Victoria.
Partido Judicial de Montoro Adamuz, Bujalance, Cañete de las Torres, Cardeña, El Carpio, Montoro, Morente, Pedro Abad, Villa del Río y Villafranca de Córdoba
Partido Judicial de Peñarroya-Pueblonuevo Belalcázar, Belmez, Los Blázquez, Espiel, Fuente la Lancha, Fuente Obejuna, La Granjuela, Hinojosa del Duque, Peñarroya-Pueblonuevo, Valsequillo y Villanueva del Rey.
Partido Judicial de Posadas Almodóvar del Río, La Carlota, Fuente Palmera, Guadalcázar, Hornachuelos, Palma del Río, y Posadas.
Partido Judicial de Pozoblanco Alcaracejos, Añora, Conquista, Dos Torres, El Guijo, Pedroche, Pozoblanco, Santa Eufemia, Torrecampo, Villanueva de Córdoba, Villanueva del Duque, Villaralto y El Viso.
Partido Judicial de Priego de Córdoba Almedinilla, Carcabuey, Fuente-Tójar y Priego de Córdoba.
Partido Judicial de Puente Genil Puente Genil.

Direcciones y teléfonos

  • Sede principal:
Plaza de Colón, 15. CP 14071. Córdoba
Teléfonos:
Centralita: 957 211 100
Información al ciudadano: 957 211 101
Fax: 957 480 711

Organismos Autónomos Locales creados por la Diputación


Notas

  1. Partidos Judiciales de Andalucía - Ministerio de Justicia - Centro de Análisis y Documentación Política y Electoral de Andalucía.


Localización

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