Agrupación de Abogados Jóvenes de Córdoba
La Agrupación de Abogados Jóvenes de Córdoba, fue creada dentro del marco de la Constitución Española y al amparo del Artículo 54 del Estatuto General de la Abogacía Española y el 20. A. 15º de los Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Córdoba, es una agrupación de Letrados integrada en el seno del Ilustre Colegio de Abogados de Córdoba.
Serán miembros de pleno derecho los colegiados menores de 40 años y con menos de 10 años de ejercicio profesional que lo soliciten causando baja al alcanzar la edad de 40 años o 10 años de ejercicio efectivo de la profesión.
Según sus estatutos los fines de la agrupación son:
1.- Velar de los intereses profesionales de los Abogados Jóvenes, con especial atención a quienes se inicien en el ejercicio de la Abogacía.
2.- Postular el rápido y abierto desarrollo de todos los derechos recogidos en la Constitución, sirviendo de cauce a la libre crítica del funcionamiento de la Administración de Justicia, de la actividad legislativa, del cumplimiento de los servicios sociales encomendados al Colegio de Abogados; y propiciando la observación de la Deontología Profesional.
3.- Fomentar cuantas iniciativas y actividades pretendan incrementar el debate y la participación en el seno del Colegio de Abogados, propiciar una mayor presencia del colectivo profesional en la vida social y mejorar la protección y seguridad de los Abogados Jóvenes.
4.- Desarrollar actividades culturales, formativas, sociales y de expansión que redunden en beneficio de sus agrupados y en el conocimiento mutuo.
5.- Cualesquiera otros fines relacionados con los intereses, inquietudes y dificultades de los Abogados Jóvenes.
Datos externos
Principales editores del artículo
- Gencor (Discusión |contribuciones) [1]