Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

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El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF, es un impuesto personal, progresivo y directo que grava la renta obtenida en un año natural por las personas físicas residentes en España. Conviene comparar el IRPF con el impuesto que grava la propiedad, llamado impuesto sobre el patrimonio.


Conceptos básicos

Fuentes de renta:

  • Rendimientos del trabajo personal obtenidos de forma dependiente
    • trabajo por cuenta ajena o asalariado
  • rendimientos del capital mobiliario e inmobiliario
    • capital mobiliario incluye intereses, dividendos de acciones, etc.
    • capital inmobiliario incluye imputación de rentas inmobiliarias, alquileres, etc.
  • rendimientos de actividades empresariales y profesionales
  • ganancias y pérdidas patrimoniales

Rendimiento Íntegro: (RI) Es el importe total de cada una de las fuentes de renta

Rendimiento Neto: (RN) Es el RI menos una serie de deducciones. Por ejemplo, en el caso de los rendimientos del trabajo personal por cuenta ajena, se incluyen los gastos de seguridad social

Base Imponible: (BI) Es la suma de los RN. Se distingue una base general y una base del ahorro.

Base Liquidable: (BL) Es el BI menos una serie de deducciones, entre las cuales se encuentra un mínimo personal/vital/familiar.

Gravamen: A la base general se aplica una escala variable y progresiva, mientras que para la base del ahorro se usa un porcentaje fijo del 18%.

Cuota Íntegra: La cuota íntegra será la suma de las cantidades resultantes de aplicar los tipos de gravamen a las bases liquidables general y del ahorro, respectivamente.

Cuota Líquida: (CL) Es la CIT menos una serie de deducciones. Por ejemplo, las deducciones por compra de vivienda

Cuota Diferencial: (CD) Es la CL menos las retenciones que se practicaran anteriormente menos los pagos a cuenta

Tipos impositivos

Fuente: [1]

La actual Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Ley 35/2006 de 28 de noviembre, ha reducido a cuatro los tramos de la tarifa y establece un tipo marginal máximo del 43%.

En la reforma de 2003, ya se ha redujo el tipo marginal máximo del 48% al 45% y el número de tramos de la tarifa del impuesto de seis a cinco. El comité de expertos para aquella reforma ya había sugerido una reducción a cuatro tramos.[1]

En años anteriores el tipo marginal ha llegado a estar por encima del 50%.

Organismos

Es la Agencia Tributaria el organismo de la Administración del Estado de España encargado de la gestión, inspección y recaudación de estos impuestos, si bien, las comunidades autónomas pueden establecer deducciones y cuotas en su territorio.

En el caso del País Vasco y en Navarra, son las Diputaciones Forales las que encargadas de su gestión, inspección y recaudación.


Reducciones y deducciones

Reducciones sobre la base imponible:

  • Por aportaciones a planes de pensiones.

Deducciones fiscales:

Referencias

  1. Cinco Días. 19-04-2002. "Montoro confirma que el IRPF tendrá cinco tramos y un tipo máximo del 45%".

Enlaces externos


Fuente

El contenido de este artículo incorpora material de una entrada de Wikipedia, publicada en castellano bajo la licencia GFDL.

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