Comandantes civiles de Fuente Palmera

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La organización administrativa en el Fuero

  • En la estructura piramidal que se dotó al reparto de funciones jerárquicas en las Nuevas Poblaciones, todo el poder emanaba del Consejo de Castilla y del de Hacienda. En el primero se tomaban todas las decisiones primordiales de carácter gubernativo y judicial, mientras que del de Hacienda emanaban todas las relacionadas con las inversiones y con los aspectos fiscales. El superintendente despachaba directamente con ambos consejos y las transmitía y las hacía cumplir en las colonias.
  • Hubo dos Subdelegaciones, una para las colonias dependientes de La Carolina, que ocupó en su principio Miguel de Ondeanos, y otra para las de pendientes de La Carlota, que fue ocupada por Fernando de Quintanilla. De estas subdelegaciones dependían los Alcaldes Mayores, de los cuales había uno en La Carolina y otro en La Carlota, y a quienes le estaban atribuidas las funciones de administración de justicia (era en sí como un juez de paz comarcal). También contaban con los Alguaciles Mayores, con los Guardias de Alcaicerías (guardas de mercados y almacenes de materiales de obras), la Contaduría de Intervención, la Pagaduría y la Defensoría de Menores para proteger a los huérfanos.
  • Por su parte, las Comandancias Civiles, cuyos titulares también fueron llamados jueces subdelegados, y que tenían la responsabilidad de dirigir un distrito de varias aldeas contaban con los Alguaciles Ordinarios (también llamados guardas de campo), y el Fiel de Fechos -o notario escribano— que también solía ser el sacristán y el maestro de primeras letras. [1]

Comandancia civil

  • El comandante civil tenía a su cargo la dirección del distrito de su población. Cada colonia tenía un comandante civil, y debajo de ellos en la estructura, se situaban los alcaldes pedáneos.
  • El Fuero por el que se regían las Nuevas Poblaciones de Sierra Morena y Andalucía fue derogado en tres ocasiones antes de su derogación definitiva: entre 1810 y 1811 bajo el reinado de José I Bonaparte, por las Cortes de Cádiz (entre 1813​ y 1814) y durante el Trienio Liberal (1820-1823).
  • 16/03/1813 - Carta de las autoridades y vecinos de Fuente Palmera al intendente en comisión de las Nuevas Poblaciones de Sierra Morena y Andalucía solicitando que no se establezcan ayuntamientos en las colonias. En este documento aparece como alcalde (¿pedáneo?) por Fuente Palmera (junto a otros alcaldes de las otras pedanías de Fuente Palmera) Juan José Delgado. [2] En esta misiva se abogaba por el mantenimiento del Comandante civil, por "convenir mucho a la colonia para su fomento en la agricultura y para todos los vecinos particularmente".
  • El edificio del Ayuntamiento es el amplio y antiguo caserón de la Comandancia Civil que ha sido reformado en varias ocasiones.
  • Cuando fallecía algún colono, los "inventarios de bienes" los realizaba normalmente el comandante civil de la feligresía, o alguno de los alcaldes pedáneos de departamento, asistidos por el fiel de fechos que formalizaba el inventario de todos los bienes de la persona fallecida con la presencia de varios testigos. [3]
  • La poblaciones se dividieron en departamentos; en cada departamento se puso a un inspector responsable. Los inspectores estaban obligados a informar semanalmente al Comandante Civil de todo lo acontecido en sus respectivos Departamentos.

Referencias

  1. La organización político-administrativa de Olavidia, Nuevas Poblaciones de Sierra Morena y Andalucía, durante la vigencia del Fuero (1767-1835): Los alcaldes pedáneos. José María Suárez Gallego.
  2. A.H.N., Fondos Contemporáneos, Gobernación, leg. 334, exp. 15. A través de "El primer gobierno constitucional de Cádiz en las Nuevas Poblaciones de Sierra Morena y Andalucía a través de sus documentos (1812-1814). Adolfo Hamer Flores. Francisco José Pérez-Schmid Fernández. Ámbitos. 2010.
  3. "Entre libros: aproximación a la vida cotidiana de los colonos de Sierra Morena" - F.J. Pérez-Schmid F.

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